Hagámoslo por los mayores

Protejamos a los Mayores: apoyemos la Imparcialidad del Arbitraje en Casos de Negligencia del 2008

Hace algún tiempo, un Comité Especial del Senado que atiende temas relacionados con la tercera edad se dispuso a escuchar las declaraciones relacionadas con la Imparcialidad del Arbitraje en Casos de Negligencia del 2008 (S. 2838). Este proyecto eliminaría cualquier duda en lo concerniente a dejar sin amparo las cláusulas de mediación (BMA) en los contratos de las residencias.
Sin esta legislación, a las personas mayores que residen en el país se les negaría el derecho a llevar su caso de negligencia médica o descuido ante un jurado. Además, estas instituciones de librarían de asumir sus responsabilidades en esta materia y de ser expuestas públicamente por este tipo de abusos, pues las sesiones de arbitraje permanecerían privadas y estrictamente confidenciales.
Es por estas razones que los ciudadanos debemos elevar nuestra voz y apoyar esta cruzada.

Una demanda de petición en línea a favor de la Imparcialidad del Arbitraje en Casos de Negligencia del 2008 puede ser encontrada haciendo click en la Página del Ciudadano Público.
La petición que usted encontrará es la siguiente:

Estimado Senador:

Le escribo para animarle a apoyar la Imparcialidad del Arbitraje en Casos de Negligencia, S. 2838, presentada por el Senador Mel Martinez (R-Fl.). Esta importante legislación eliminaría cualquier duda en lo concerniente a dejar sin amparo las cláusulas de mediación (BMA) en los contratos de las residencias.

La treta de dejar sin aplicación las cláusulas que exigen un arbitraje obligatorio se ha presentado en casos de tarjetas de crédito, empleos, contratos con las compañías de seguros, y ahora se está usando para tomar ventaja de las personas mayores y de sus respectivas familias al negarles la posibilidad de llevar ante un jurado a las residencias responsables por los daños y perjuicios causados. BMA beneficia a estas instituciones a costa de los residentes ya que la usan como un vehículo para evadir responsabilidades y limitar sus compensaciones económicas por el daño que provocan.

Hay un sinnúmero de razones por el que la Imparcialidad del Arbitraje en Casos de Negligencia necesita ser considerada.

En primer lugar, muchos residentes de estos centros y sus respectivas familias desconocen lo de las cláusulas de arbitraje presentes en los documentos de admisión. Peor aún, no se les permitiría negociar sobre ellas incluso si supieran de su existencia.

En segundo lugar, la falta de alguna revisión significativa de este tema crea un clima propenso para el abuso. El proceso de arbitraje suele ser reservado y las cortes casi no tienen potestad sobre él. Este proyecto de ley permitiría que un jurado decida sobre la aplicabilidad de estas cláusulas en los contratos.

En tercer lugar, las compañías de arbitraje están en deuda con los centros que brindan cuidado a las personas mayores que los contratan en repetidas ocasiones, creando por tanto una cierta tendencia a la parcialidad. Por ejemplo, no hace mucho que se ha revelado un informe titulado “La Trampa del Arbitraje: Cómo las Compañías de Tarjetas de Crédito Atrapan a los Consumidores” en el que se muestra que una compañía de arbitraje californiana falló a favor de las instituciones en 526 de los 532 casos totales… es decir, sólo un 1% de éstos recayó en favor de los demandantes.

Es tiempo de promulgar la Ley de Imparcialidad del Arbitraje en Casos de Negligencia y recuperar la responsabilidad de aquellas residencias que no se preocupan por sus pacientes.

Gracias por tomarse el tiempo de leer a uno de sus electores. Estaré atento a su respuesta.

Atentamente,

(Ingrese su firma aquí)

Le animo encarecidamente que tome un minuto de su tiempo y envíe esta carta al Senador de su estado. También le animo a que envíe esta información por correo electrónico a la mayor cantidad de gente posible. Nosotros debemos hablar por aquellos que no tienen voz. En este caso, debemos ponernos de pie en representación de los hombres y mujeres de avanzada edad que no se dan cuenta de las implicaciones escritas en “letra pequeña” presentes en los formularios de admisión a las residencias.
Esto de las “letras pequeñas” no es más que una jugarreta jurídica para que instituciones millonarias ‘especializadas’ en el cuidado de personas mayores continúen haciendo ‘sus negocios’ de manera natural, sin tener que preocuparse por la mala publicidad o las demandas en casos de abuso o negligencia.

Esta legislación es la única manera de hacer que estos centros se comporten como es debido, en vez de seguir poniendo un bozal a las inocentes víctimas de mala praxis o descuido.
Por consiguiente, le pedimos que acepte esta oportunidad de decirles a sus representantes que usted apoya la Ley de Imparcialidad del Arbitraje en Casos de Negligencia del 2008, y que urge una rápida toma de decisiones para que ésta se apruebe.

Le agradecemos anticipadamente por el apoyo en relación a este tema tan urgente.

Información de utilidad:

Descuido y Negligencia en el Cuidado de Personas Mayores

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